Solo en un país tan surrealista como el Perú de 2022 se puede discutir siquiera el absurdo absoluto que un presidente de la república no pueda afrontar investigaciones, acusaciones, procesos -y sentencias inclusive- por delitos cometidos que no sean esos ya famosos cuatro delitos que establece el artículo 117° de la Constitución, delitos por lo demás, salvo el de traición a la patria, conductas criminales de casi nula posibilidad de cometer. No hay manera que ningún constituyente haya pensado en un mandatario con tal nivel de inmunidad/impunidad cuasi divina para cometer cualquier clase de delito -incluidos los más aberrantes- y no ser tocado ni con el pétalo de una rosa en atención a esta norma que lo “blinda” tal y como si fuera prácticamente un faraón… es decir, un intocable.